Trabajadores denunciaron en un debate reciente organizado por la Plataforma del Derecho del Trabajo en La Paz que los derechos colectivos conquistados y reconocidos en la Ley General de Trabajo, como la libre sindicalización y el derecho a la huelga, serán vulnerados si el anteproyecto de Código de Trabajo del Gobierno es aprobado.
El Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), promotor del encuentro, informó ayer en un comunicado que Martín Quispe, secretario ejecutivo de la Central Departamental de Trabajadores Asalariados del Campo, señaló que “no hay una libertad sindical, en el anteproyecto del código, todas nuestras conquistas las restringen […] las organizaciones son absorbidas dentro del partido de Gobierno”.
Si bien en la propuesta del Ejecutivo se declara que el Estado respetará los estatutos de los sindicatos y se prohíbe a los patrones inmiscuirse en ellos, al reglamentar varios aspectos como: el “reconocimiento de directorios” por parte del ministerio; impugnación a quienes no rindan cuentas y el no reconocimiento a los directorios cuando existan conflictos internos; el establecimiento de un “apoyo económico” por parte del Estado a los sindicatos; y la determinación del período de duración de la directiva del sindicato (dos años), revela, entre otras cosas su intención de intervenir en el accionar de las organizaciones sindicales, indica el Cedla.Cuestionamientos
Las críticas indican que la intervención estatal y patronal en el sindicato no sólo afecta a la constitución y organización del mismo, sino a su independencia de clase.
Carlos Arze, responsable de la Unidad de Políticas Públicas del Cedla, explica que esto significa vulnerar el derecho a la libre sindicalización y el principio de independencia de clase para los trabajadores, “principio que no acepta que ni el empleador ni el Gobierno intervenga en gestiones internas del sindicato&rdqu o;.
Sobre la huelga, según el análisis, el código laboral del Gobi erno tendrá la potestad de señalar cuándo procede o no una huelga de trabajadores, sobrepasando incluso las determinaciones que se asuman en una instancia de máxima autoridad como la asamblea general.
El Cedla apunta que el anteproyecto señala que la huelga y paro patronal sólo pueden ser pacíficos y que todo acto o manifestación de hostilidad contra las personas o destrucción de bienes están considerados dentro de la ley penal.
Además de ello, agrega, la norma promueve la separación libre de trabajadores disidentes de la huelga y en el caso de existir cualquier tipo de represalias contra ellos, serán sancionadas aplicando la ley penal.
El Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), promotor del encuentro, informó ayer en un comunicado que Martín Quispe, secretario ejecutivo de la Central Departamental de Trabajadores Asalariados del Campo, señaló que “no hay una libertad sindical, en el anteproyecto del código, todas nuestras conquistas las restringen […] las organizaciones son absorbidas dentro del partido de Gobierno”.
Si bien en la propuesta del Ejecutivo se declara que el Estado respetará los estatutos de los sindicatos y se prohíbe a los patrones inmiscuirse en ellos, al reglamentar varios aspectos como: el “reconocimiento de directorios” por parte del ministerio; impugnación a quienes no rindan cuentas y el no reconocimiento a los directorios cuando existan conflictos internos; el establecimiento de un “apoyo económico” por parte del Estado a los sindicatos; y la determinación del período de duración de la directiva del sindicato (dos años), revela, entre otras cosas su intención de intervenir en el accionar de las organizaciones sindicales, indica el Cedla.Cuestionamientos
Las críticas indican que la intervención estatal y patronal en el sindicato no sólo afecta a la constitución y organización del mismo, sino a su independencia de clase.
Carlos Arze, responsable de la Unidad de Políticas Públicas del Cedla, explica que esto significa vulnerar el derecho a la libre sindicalización y el principio de independencia de clase para los trabajadores, “principio que no acepta que ni el empleador ni el Gobierno intervenga en gestiones internas del sindicato&rdqu o;.
Sobre la huelga, según el análisis, el código laboral del Gobi erno tendrá la potestad de señalar cuándo procede o no una huelga de trabajadores, sobrepasando incluso las determinaciones que se asuman en una instancia de máxima autoridad como la asamblea general.
El Cedla apunta que el anteproyecto señala que la huelga y paro patronal sólo pueden ser pacíficos y que todo acto o manifestación de hostilidad contra las personas o destrucción de bienes están considerados dentro de la ley penal.
Además de ello, agrega, la norma promueve la separación libre de trabajadores disidentes de la huelga y en el caso de existir cualquier tipo de represalias contra ellos, serán sancionadas aplicando la ley penal.
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