Ante la instructiva gubernamental de incluir en la planilla de marzo y con carácter retroactivo a enero de este año el incremento salarial del 10 por ciento, dispuesto por el Decreto Supremo 809, la Federación de Empresarios Privados de Cochabamba (FEPC) pidió formalmente al Ministerio de Trabajo la reglamentación porque considera que hay demasiados vacíos e interrogantes en la norma.
“La aplicación del incremento salarial en el sector privado se torna complicado porque existen varios vacíos como por ejemplo si su aplicación está sujeta a la suscripción de un convenio colectivo de incremento salarial o no y cual sería el plazo para presentarlo”, explicó ayer Carlos Flores, presidente de la FEPC.
Agregó que “otra observación que tenemos es si el 10 por ciento se aplica sobre el total ganado o solamente sobre el salario básico, sin diferenciar cargos jerárquicos. También quisiéramos saber si el obrero que gana 1.200 y el administrativo que gana 15 mil bo livianos van a recibir el mismo porcentaje de incremento”, agregó.Diferenciación
Flores dijo que para la gestión 2011, el Decreto Supremo 809 incluye la posibilidad de aplicar el incremento salarial de forma inversamente proporcional, pero no establece explícitamente la proporción del incremento además que tampoco está claro hasta cuando se puede negociar incrementos mayores al 10 por ciento.
Un análisis de la Federación de Empresarios señala que la norma no establece como “una regla imperativa” el aumento inversamente proporcional sino que sólo se establece la posibilidad de su aplicación.
El presidente de la FEPC reclamó la aprobación del reglamento para un cumplimiento correcto del incremento salarial y con el objetivo de evitar problemas que podrían presentarse el 31 de marzo, cuando vence el plazo para la presentación de planillas de pago con el respectivo aumento salarial.
Flores señaló que luego de que la federación envió cartas p idiendo las instrucciones relacionadas al decreto, tanto al Ministeri o de Trabajo como a la Jefatura Regional del Trabajo, aún sin respuestas, lo que esperarán los empresarios será al menos una respuesta aclaratoria hasta el 30 de marzo para definir bajo qué parámetros aplican el aumento salarial en la planilla de este mes.
“La aplicación del incremento salarial en el sector privado se torna complicado porque existen varios vacíos como por ejemplo si su aplicación está sujeta a la suscripción de un convenio colectivo de incremento salarial o no y cual sería el plazo para presentarlo”, explicó ayer Carlos Flores, presidente de la FEPC.
Agregó que “otra observación que tenemos es si el 10 por ciento se aplica sobre el total ganado o solamente sobre el salario básico, sin diferenciar cargos jerárquicos. También quisiéramos saber si el obrero que gana 1.200 y el administrativo que gana 15 mil bo livianos van a recibir el mismo porcentaje de incremento”, agregó.Diferenciación
Flores dijo que para la gestión 2011, el Decreto Supremo 809 incluye la posibilidad de aplicar el incremento salarial de forma inversamente proporcional, pero no establece explícitamente la proporción del incremento además que tampoco está claro hasta cuando se puede negociar incrementos mayores al 10 por ciento.
Un análisis de la Federación de Empresarios señala que la norma no establece como “una regla imperativa” el aumento inversamente proporcional sino que sólo se establece la posibilidad de su aplicación.
El presidente de la FEPC reclamó la aprobación del reglamento para un cumplimiento correcto del incremento salarial y con el objetivo de evitar problemas que podrían presentarse el 31 de marzo, cuando vence el plazo para la presentación de planillas de pago con el respectivo aumento salarial.
Flores señaló que luego de que la federación envió cartas p idiendo las instrucciones relacionadas al decreto, tanto al Ministeri o de Trabajo como a la Jefatura Regional del Trabajo, aún sin respuestas, lo que esperarán los empresarios será al menos una respuesta aclaratoria hasta el 30 de marzo para definir bajo qué parámetros aplican el aumento salarial en la planilla de este mes.
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