El plazo para aguinaldos vence el 20 de diciembre

miércoles, 1 de diciembre de 2010

Los empleadores del sector público y privado tienen la obligación de pagar a sus dependientes el aguinaldo correspondiente a la presente gestión hasta las 18:00 del 20 de diciembre próximo, informó la ministra de Trabajo, Carmen Trujillo.
La autoridad advirtió que en caso de incumplimiento los empresarios o entidades públicas deberán entregar el doble del monto.
El instructivo 125 del 18 de noviembre pasado, emitido por el Ministerio de Trabajo, indica que toda empresa pública, privada, comercial, industrial, de servicios y de cualquier otra actividad o negocio, con o sin fines de lucro, está obligada a pagar a sus trabajadores (empleados u obreros) el aguinaldo de fin de año.
Trujillo, que el lunes participó en Cochabamba en un acto en la Cámara Departamental de Industria, indicó que el año pasado un 15 por ciento del universo de empleadores no pagó a tiempo el aguinaldo pero tuvo que cumplir el compromiso en los siguientes días pagando el doble del beneficio tal co mo establece la legislación laboral vigente.

Beneficio
Tienen derecho al aguinaldo todos los empleados de las empresas que hubieran trabajado más de tres meses calendario y duodécimas aquellos que estuvieron en un empleo más de un mes.
El monto del aguinaldo representa un mes del sueldo que resulta del promedio del total ganado durante los últimos tres meses, es decir septiembre, octubre y noviembre o en su caso los tres últimos meses trabajados antes del retiro voluntario o forzoso del trabajador.
“Si los trabajadores no cumplen los 12 meses de la presente gestión y son despedidos o se retiran después de tres o cuatro meses, recibirán su aguinaldo por duodécimas en proporción al tiempo trabajado”, explicó Trujillo.

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