La Paz |
Los gobiernos municipales de las ciudades capitales tienen observaciones al proyecto de Ley Financial, por lo que los responsables financieros y jurídicos de las alcaldías capitalinas, incluido El Alto, se reúnen desde ayer en La Paz, para resumir sus observaciones en un documento que se entregará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, informó ayer el responsable ejecutivo de la Asociación de Municipalidades de Bolivia (AMB), Dino Palacios.
“Este proyecto de ley (Financial) tiene observaciones que varios municipios ya han hecho al respecto, observaciones relativas a la constitucionalidad de algunos artículos”, precisó.
Uno de las los mayores cuestionamientos se encuentra en el parágrafo II del artículo 28, donde se menciona que, a solicitud del Ministerio de Gobierno, se autorizaría al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas debitar de las cuentas corrientes fiscales de las alcaldías los recursos no ejecutados en seis meses de los programas y proyectos relacionados a la seguridad ciudadana.
En un comunicado difundido ayer, el Ministerio de Economía aclaró que busca garantizar la ejecución presupuestaria de los recursos, ante la lentitud en el gasto evidenciada los últimos años por parte de las gobernaciones y municipios, sin afectar “la distribución de los recursos (…), tampoco obstruye el uso de estos recursos y menos hará uso de los mismos”.
Un boletín del Ministerio de Economía señala que el artículo 11 del proyecto de Ley Financial, en su parágrafo primero, establece que se autoriza a ese despacho “previa evaluación, registrar en el presupuesto institucional de las entidades territoriales autónomas, los recursos de saldos de caja y bancos al 31 de diciembre de la gestión anterior, por concepto de Coparticipación Tributaria, Impuesto Directo a los Hidrocarburos-IDH, Fondo de Compensación Departamental, Regalías y Recursos Específicos”.
Afirma que este artículo busca ap oyar en la ejecución de los recursos de las gobernaciones y municipio s “que no siempre realizan correctamente sus proyecciones de recursos, por lo que en los primeros meses del año se ven imposibilitados de ejecutar sus programas, proyectos y actividades”.
También, añade, se priorizarán los ingresos adicionales recibidos y que superen los recursos aprobados en el PGE para atender la demanda de la población en proyectos de inversión para el acceso de agua potable, luz, alcantarillado, riego y desarrollo productivo.
Los gobiernos municipales de las ciudades capitales tienen observaciones al proyecto de Ley Financial, por lo que los responsables financieros y jurídicos de las alcaldías capitalinas, incluido El Alto, se reúnen desde ayer en La Paz, para resumir sus observaciones en un documento que se entregará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, informó ayer el responsable ejecutivo de la Asociación de Municipalidades de Bolivia (AMB), Dino Palacios.
“Este proyecto de ley (Financial) tiene observaciones que varios municipios ya han hecho al respecto, observaciones relativas a la constitucionalidad de algunos artículos”, precisó.
Uno de las los mayores cuestionamientos se encuentra en el parágrafo II del artículo 28, donde se menciona que, a solicitud del Ministerio de Gobierno, se autorizaría al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas debitar de las cuentas corrientes fiscales de las alcaldías los recursos no ejecutados en seis meses de los programas y proyectos relacionados a la seguridad ciudadana.
En un comunicado difundido ayer, el Ministerio de Economía aclaró que busca garantizar la ejecución presupuestaria de los recursos, ante la lentitud en el gasto evidenciada los últimos años por parte de las gobernaciones y municipios, sin afectar “la distribución de los recursos (…), tampoco obstruye el uso de estos recursos y menos hará uso de los mismos”.
Un boletín del Ministerio de Economía señala que el artículo 11 del proyecto de Ley Financial, en su parágrafo primero, establece que se autoriza a ese despacho “previa evaluación, registrar en el presupuesto institucional de las entidades territoriales autónomas, los recursos de saldos de caja y bancos al 31 de diciembre de la gestión anterior, por concepto de Coparticipación Tributaria, Impuesto Directo a los Hidrocarburos-IDH, Fondo de Compensación Departamental, Regalías y Recursos Específicos”.
Afirma que este artículo busca ap oyar en la ejecución de los recursos de las gobernaciones y municipio s “que no siempre realizan correctamente sus proyecciones de recursos, por lo que en los primeros meses del año se ven imposibilitados de ejecutar sus programas, proyectos y actividades”.
También, añade, se priorizarán los ingresos adicionales recibidos y que superen los recursos aprobados en el PGE para atender la demanda de la población en proyectos de inversión para el acceso de agua potable, luz, alcantarillado, riego y desarrollo productivo.
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