Gobierno: Deudores de AFP son privados

martes, 24 de agosto de 2010

La Paz |

El director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), Javier Lijerón, informó que el 95 por ciento de la deuda de 400 millones de bolivianos a las Administradoras de Fondos de Prensiones (AFP) por concepto de los aportes descontados a los trabajadores para su jubilación corresponde a las empresas privadas y el resto al sector público.
Las AFP han iniciado más de 6.000 demandas judiciales a las empresas deudoras al Seguro Social Obligatorio para recuperar los montos. Los procesos son fiscalizados cada mes por la AP porque se tratan de recursos que pertenecen a los trabajadores.
“La Autoridad de Fiscalización de Pensiones lo que hace es cumplir y hacer cumplir la norma: en este caso es el artículo 23 de la Ley de Pensiones, que establece que las AFP deben iniciar los procesos ejecutivos sociales a todos los deudores y a la fecha tenemos más de 6.000 procesos en juicio”, manifestó.
Lijerón indicó que la d euda al Seguro Social Obligatorio, respecto a los 5.000 millones de dólares del Fondo de Capitalización Individual (FCI) que es administrado por las AFP, representa menos del uno por ciento del patrimonio de todos los bolivianos.
El pasivo de responsabilidad de los sectores privado y público corresponde al período comprendido entre mayo de 1997 a la presente gestión, tiempo en el que está vigente la Ley de Pensiones 1732.
En el caso del Estado, la Autoridad de Fiscalización indicó que es el “mejor pagador” porque el sistema denominado Century, administrado por el Tesoro General de la Nación (TGN), realiza los descuentos de manera automática de los salarios a los empleados públicos para la seguridad social.
“No creo que supere el cinco por ciento del monto total adeudado por el Estado”, agregó Lijerón.
El titular de la AP dijo que tras la aprobación de la nueva Ley de Pensiones, que aún está en proyecto, el Ejecutivo pretende aplicar un mec anismo de transición para que continúen los procesos judiciales inici ados por las AFP para recuperar los aportes.
La autoridad señaló que en estos casos existe retardación de justicia porque la norma establece que una vez que el empleador incurra en mora, a los 120 días se debe iniciar el proceso.

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